Impacto de la Ley Bitcoin de El Salvador para el mundo

«El Salvador se convierte en el primer país en reconocer a #Bitcoin como medio legal de pago. Esto podría impulsar la adopción de criptomonedas a nivel mundial y tener un impacto positivo en la economía del país. #LeyBitcoin #AdopciónDeCriptomonedas»


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¿Qué es la Ley Bitcoin de El Salvador?

La Ley Bitcoin de #ElSalvador es una ley recientemente aprobada que reconoce a Bitcoin como medio legal de pago en El Salvador. Esta ley permite a los salvadoreños utilizar Bitcoin para pagar bienes y servicios, y también les da la opción de aceptar salarios y tributos en Bitcoin.



Enlaces importantes:

¿Por qué es importante la Ley Bitcoin de El Salvador?

La aprobación de esta ley marca un hito en la adopción de criptomonedas a nivel mundial y es la primera vez que un país reconoce oficialmente a #Bitcoin como medio de pago. Además, esta ley podría impulsar la economía de El Salvador al permitir a más personas participar en la economía global.

¿Cómo afectará la Ley Bitcoin de El Salvador al mundo?

El impacto de la #LeyBitcoin de El Salvador es incierto, pero es probable que otras naciones sigan su ejemplo y empiecen a explorar la adopción de criptomonedas. Además, esta ley puede aumentar la demanda de Bitcoin en El Salvador, lo que podría tener un impacto en su valor a nivel mundial.

¿Qué significa esto para el futuro de las criptomonedas?

El futuro de las criptomonedas es incierto, pero la aprobación de la Ley Bitcoin de El Salvador es un paso positivo hacia su adopción y legitimación en todo el mundo. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la tecnología de criptomonedas es todavía joven y que hay muchos desafíos por superar antes de que pueda ser ampliamente aceptada y utilizada.

Resumen

La Ley Bitcoin de El Salvador es una ley histórica que reconoce a Bitcoin como medio legal de pago en El Salvador. Este paso podría ser el comienzo de una mayor adopción de criptomonedas a nivel mundial y puede tener un impacto positivo en la economía de El Salvador y en el valor de Bitcoin. Sin embargo, el futuro de las criptomonedas sigue siendo incierto y hay muchos desafíos por superar antes de que puedan ser ampliamente aceptadas y utilizadas. 

Ley Bitcoin

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES



Art. 1.– La presente Ley tiene como objeto la regulación del Bitcoin como moneda de curso legal, irrestricto, con poder liberatorio, ilimitado en cualquier transacción y a cualquier título que las
personas naturales o jurídicas, públicas o privadas requieran realizar.
Lo mencionado en el inciso anterior es sin perjuicio de la aplicación de la Ley de Integración Monetaria.

Art. 2.- El tipo de cambio entre el Bitcoin y el Dólar de los Estados Unidos de América, en adelante Dólar, será establecido libremente por el mercado.

Art. 3.- Todo precio podrá ser expresado en Bitcoin.

Art. 4
.- Todas las contribuciones tributarias podrán ser pagadas en Bitcoin.

Art. 5.
– Los intercambios en Bitcoin no estarán sujetos a impuestos sobre las ganancias de capital, al igual que cualquier moneda de curso legal.

Art. 6.
– Para fines contables, se utilizará el Dólar como moneda de referencia.

Art. 7
.- Todo agente económico deberá aceptar Bitcoin, como forma de pago, cuando así le sea ofrecido por quien adquiere un bien o servicio.


Art. 8
.- Sin perjuicio del accionar del sector privado, el Estado proveerá alternativas que permitan al usuario llevar a cabo transacciones en Bitcoin, así como contar con convertibilidad
automática e instantánea de Bitcoin a Dólar en caso de que lo desee. El Estado promoverá la capacitación y mecanismos necesarios para que la población pueda acceder a transacciones en Bitcoin.

Art. 9
.- Las limitaciones y funcionamiento de las alternativas de conversión automática e instantánea de Bitcoin a Dólar provistas por el Estado serán especificadas en el Reglamento que al efecto se emita.

Art. 10.
– El Órgano Ejecutivo creará la estructura institucional necesaria a efectos de aplicación de la presente Ley.

CAPÍTULO II
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

Art. 11.– El Banco Central de Reserva y la Superintendencia del Sistema Financiero emitirán la normativa correspondiente dentro del período mencionado en el artículo 16 de la presente Ley.

Art. 12
.- Quedan excluidos de la obligación expresada en el artículo 7 de la presente Ley, quienes por hecho notorio y de manera evidente no tengan acceso a las tecnologías que permitan ejecutar transacciones en Bitcoin. El Estado promoverá la capacitación y mecanismos necesarios
para que la población pueda acceder a transacciones en Bitcoin.

Art. 13.
– Todas las obligaciones en dinero expresadas en Dólares, existentes con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, podrán ser pagadas en Bitcoin.

Art. 14
.- Antes de la entrada en vigencia de esta Ley, el Estado garantizará, a través de la creación de un fideicomiso en el Banco de Desarrollo de El Salvador BANDESAL, la convertibilidad
automática e instantánea de Bitcoin a Dólar de las alternativas provistas por el Estado mencionadas en el artículo 8 de la presente Ley.

Art. 15.
– La presente Ley tendrá carácter especial en su aplicación respecto de otras Leyes que regulen la materia, quedando derogada cualquier disposición que la contraríe.

Art. 16.
– El presente Decreto entrará en vigencia noventa días después de su publicación en el Diario Oficial.

Por @QuieroSV

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